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Convenio Cascos Blancos - F.V.G.R.A. |
Entre la Comisión Cascos Blancos, representada por su Presidente, Embajador Octavio Oscar Frigerio, en adelante la COMISION, y la Federación de Veteranos de Guerra de la República Argentina, representada por su Presidente, Don Víctor Hugo Meneces, en adelante la FEDERACION, se acuerda celebrar el presente convenio, sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: La COMISION y la FEDERACION acuerdan por el presente un marco de mutua cooperación en actividades asistenciales y humanitarias inspiradas en los principios y lineamientos generales de la Doctrina Social de la Iglesia, dirigidas a los sectores más vulnerables de la comunidad.
SEGUNDA: La FEDERACION seleccionará recursos humanos entre sus entidades adheridas para participar en carácter de voluntarios en los operativos que proponga la COMISION.
TERCERA: Queda establecido que tratándose de un servicio de voluntariado, las personas participantes prestarán su colaboración gratuita, sin perjuicio de los viáticos y gastos de traslado que en cada caso asigne la COMISION.
CUARTA: A los efectos de la implementación de las cláusulas Primera y Segunda, las partes otorgarán previamente a cada operativo, instrumentos anexos al presente.
QUINTA: La FEDERACION podrá proponer a la COMISION objetivos de desarrollo Comunitario que detecte en cualquier punto del país, para ser evaluada su realización en forma conjunta.
SEXTA: El presente convenio tiene una duración de DOS (2) años, contados a partir del día de la firma de este documento, renovándose automáticamente con los mismos efectos sin previa notificación de las partes.
SEPTIMA: las partes podrán rescindir el presente convenio, previa notificación por escrito, con una antelación de sesenta (60) días.
En prueba de conformidad se firman dos ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Buenos Aires, a los 23 días del mes de julio del año mil novecientos noventa y seis. |
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